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Cuáles serán las medidas intensivas de cuidado para este fin de semana

Considerando el Decreto Presidencial de Necesidad y Urgencia N° 334/21 del pasado  21 de mayo y la adhesión del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, se informa cuáles serán las disposiciones en Concepción del Uruguay para los días sábado 5 y domingo 6 de junio:

1)    Circulación de personas y permanencia en los lugares públicos: La circulación de personas será restringida. Sólo se puede circular en las cercanías del domicilio entre las 06:00 y las 18:00 horas, o por razones especialmente autorizadas.

Además, se informa que entre esa hora (00.06 a 18.00) no se permitirá la permanencia de personas en espacios públicos y en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales).

2)    Están habilitados para funcionar los COMERCIOS ESENCIALES y los COMERCIOS NO ESENCIALES en el horario y modalidad que se detalla a continuación:

  1. a)Podrán abrir de 06.00 a 18.00, los supermercados mayoristas y minoristas, “Autoservicios” y “Mini Servis”, Ferreterías mayoristas y minoristas (en todos sus formatos comerciales y cualquiera de sus denominaciones populares que identifique a este tipo de locales), Pinturerías, Casas de electricidad, Corralones, Mecánica y electromecánica, el horario de atención al público será de 06.00 a 18:00 horas como máximo, de corrido o fraccionado.

  1. b)Podrán abrir de 06:00 a 20:00, los comercios minoristas de proximidad (Almacenes, Despensas, Farmacias, Veterinarias, Kioscos, de alimentos, de higiene personal, de limpieza, en todos sus formatos comerciales y cualquiera de sus denominaciones populares que identifique a este tipo de locales) el horario de atención al público será de 06.00 a 20:00 horas como máximo, de corrido o fraccionado.

  1. c)Los comercios de mercadería ya elaborada podrán atender únicamente mediante la modalidad del servicio de puerta a puerta (“delivery”) y/o retiro (“take away”) de 06:00 a 18:00 horas de corrido o fraccionado. Estos comercios, en ningún caso, podrán abrir sus puertas al público: Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas (ej. “Tiendas de ropa”, “Marroquinería”, “Librerías”, “Venta de insumos”, “Bazares”, “Multirrubros”, “Blanquerías”, “Perfumerías”, “Regionales”, “Venta de alimentos para animales”, “Venta de repuestos y accesorios”), se realizarán a través de plataformas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, teniendo en cuenta siempre los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de logística, bajo la exclusiva responsabilidad del titular comercial.

  1. d)Quienes ofrezcan servicios de gastronomía, podrán atender únicamente mediante la modalidad del servicio de puerta a puerta (“delivery”) y/o retiro (“take away”) hasta las 23:00 horas, incluyendo a: Gastronómicos, Heladerías, Rotiserías, Pizzerías, Kioscos, Maxi–Kioscos (“24 horas”), Cervecerías (en todos sus formatos comerciales y cualquiera de sus denominaciones populares que identifique a este tipo de locales), podrán desarrollar sus actividades mediante el uso de plataformas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de logística bajo la exclusiva responsabilidad del titular comercial.

  1. e)No tienen limitaciones horarias: Los servicios de Farmacias de turno, Estaciones de Servicio, Emergencias Veterinarias.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

ü Reuniones sociales en domicilios particulares.

ü Culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

ü La práctica recreativa o competitiva grupal de deportes en establecimientos cerrados o al aire libre.

ü Casino, Cine, Teatro, Clubes, Gimnasios, Centros Culturales y otros establecimientos afines.